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¿Qué pasa si hay más de un propietario del mismo inmueble?

    1. ¿Qué pasa si hay más de un propietario del mismo inmueble?

      Cuando un inmueble se encuentra en posesión de varios propietarios, suelen surgir ciertas dudas sobre la administración, uso y disposición del mismo. 

      En este artículo podrás aclarar las dudas más frecuentes que surgen ante estas situaciones. 

      ¿Puede un copropietario usar el bien común?

      Por supuesto. Un copropietario puede usar plenamente la totalidad del inmueble, independientemente del porcentaje de su cuota. Sin embargo, en caso de conflicto entre los copropietarios por el uso en cuestión, se debe consensuar una fórmula de uso sucesivo o alternativo, o en cambio, valorar si, por alguna circunstancia especial, alguno de los propietarios puede tener alguna prevalencia respecto al resto.

      El uso que haga el copropietario del inmueble no puede dañar o imposibilitar el inmueble para el resto de propietarios.

      Por su parte, si un copropietario pretende hacer un uso exclusivo del inmueble, se le podría exigir el pago de una cantidad por dicho uso.

      Si un inmueble pertenece a varios propietarios, ¿Cómo se reparten los gastos y beneficios?

      Los gastos que genere el inmueble deberán ser asumidos y gestionados por todos los copropietarios de forma proporcional.

      En caso de darse la situación en la que un copropietario de la vivienda o local decida no asumir los gastos de la misma, éste deberá renunciar a su parte correspondiente.

      En cuanto a los rendimientos o beneficios que produzca el inmueble, serán repartidos proporcionalmente a la cuota de participación.

      ¿Cómo administrar el bien inmueble común de varios propietarios?

      Para la toma de decisiones sobre la administración del inmueble hay diferentes vías, dependiendo del asunto. Es decir, si se trata de actuaciones para la conservación del bien, es necesario un acuerdo con la aceptación de la mayoría de los copropietarios; mientras que para los actos de disposición solo será posible realizar esta medida si se precisa unanimidad. 

      También existen supuestos en los que un copropietario puede tomar un acto de administración de forma totalmente unilateral. Esto solo puede darse cuando el copropietario en cuestión demuestre que ese acto es beneficioso para el conjunto de copropietarios.

      ¿Pueden realizarse alteraciones o mejoras del bien compartido?

      Cuando un copropietario decida o quiera realizar una reforma en el inmueble, tendrá que contar con el apoyo unánime del resto de propietarios. En el caso de la reforma, si cuenta con dicho apoyo, todos los copropietarios deberán asumir por partes iguales los costes de producción.

      En cambio, si hay una falta de acuerdo respecto a la mayoría suficiente, se podrá dirimir la discusión a través de la vía judicial.

      ¿Existen derechos de tanteo, retracto y extinción del proindiviso?

      Para tratar el derecho de tanteo, retracto y extinción del proindiviso, se deben tener en cuenta determinados aspectos.

      Respecto al primero, hay que tener en cuenta que cada copropietario tiene la posibilidad de vender su parte a un tercero, pero el resto de copropietarios tendrán derecho de adquisición preferente por el mismo precio y en las mismas condiciones. 

      En cuanto a la división del bien en común, en cualquier momento un copropietario puede solicitar la extinción de la situación de copropiedad. Esta acción se puede llevar a cabo o bien vendiendo su parte correspondiente a un tercero (nadie puede obligarle a no hacerlo) o bien comprando las partes de la propiedad que posee el resto. Normalmente, esta última medida tiene como objetivo disfrutar del bien de forma exclusiva.




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