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Servicio · Mitad indivisa

Vende tu mitad indivisa sin pasar por la liquidación de gananciales.

Tras un divorcio o separación, la vivienda en común suele quedar atrapada en negociaciones que duran años. Te compramos tu mitad sin esperar al juzgado y sin avisar a tu ex hasta el momento de la firma. Tú cobras y sales. La división del condominio la peleamos nosotros después.

Plazo medio 7-12 días
Oferta inicial 24 h
Casos cerrados +98
Comisiones 0

N.º 01 Qué es exactamente una mitad indivisa.

Una mitad indivisa es la parte (normalmente el 50%, aunque no siempre) que tienes sobre una vivienda compartida con otra persona. Tras un divorcio, una separación o una ruptura entre socios, esa mitad se queda atrapada: nadie es dueño exclusivo de ninguna habitación, y cualquier decisión sobre el inmueble entero requiere el visto bueno del otro.

El problema típico es este: te has separado, la otra parte se quedó viviendo en el piso o se fue, y la hipoteca sigue a nombre de los dos. Llevas meses (o años) sin poder vender porque no os ponéis de acuerdo. Cada mes la cuota sale de algún sitio y cada mes el problema sigue en pie.

  • Cada copropietario es dueño de un porcentaje sobre el inmueble entero, no de una parte física.
  • Para vender la vivienda completa hace falta la firma de los dos.
  • Pero cada uno puede vender su mitad por separado a un tercero. La ley te ampara.
  • La hipoteca sigue siendo un compromiso conjunto frente al banco. Eso lo gestionamos nosotros.

N.º 03 Gananciales, separación de bienes o compra conjunta.

No es lo mismo vender la mitad de una vivienda comprada en gananciales que vender una vivienda comprada al 50% sin estar casados. La diferencia importa para los plazos y para la oferta.

  • Gananciales. La vivienda forma parte de la sociedad conyugal. Para vender tu mitad antes de la liquidación, hay que disolver primero la sociedad (lo solemos coordinar con el divorcio). Si ya está liquidada, tu mitad es privativa y se vende como cualquier proindiviso.
  • Separación de bienes. Cada uno es dueño de su mitad desde el día uno. Vendes tu cuota directamente, sin liquidación previa. Es el caso más rápido.
  • Compra conjunta sin matrimonio. Idéntico a separación de bienes a efectos prácticos. Si los porcentajes no son 50/50 (por ejemplo 70/30 según la aportación inicial), te compramos tu cuota tal como esté en escritura.

Si dudas en qué régimen estás, lo verificamos en la nota simple del Registro durante el análisis. No hace falta que lo sepas tú de antemano.

N.º 04 Tus opciones reales.

Antes de vendernos a nosotros, mira qué otras salidas tienes. Si tu ex coopera y la situación financiera lo permite, igual la mejor jugada no es la nuestra.

División judicial (Art. 400 CC)

  • Plazo: 1-3 años de media
  • Coste: abogado, procurador y peritos
  • Subasta puede quedar desierta
  • Si hay hijos menores en la vivienda, se complica

Esperar a vender de mutuo acuerdo

  • Necesita la firma de tu ex
  • Plazo: depende de la otra parte
  • Comisiones inmobiliaria: 3-6%
  • La hipoteca sigue saliendo cada mes

Venta de tu mitad a un comprador profesional

  • No necesitas a tu ex. Tu mitad la vendes tú.
  • Plazo: 7-12 días desde aceptación de oferta hasta notaría.
  • Asumimos tu parte de la hipoteca con el banco.
  • Comunicación a tu ex tras la firma, por burofax. No tienes que dar la cara.
  • Pago en notaría: el día de la firma sale la transferencia.

N.º 05 Cuánto puedes recibir realmente.

La oferta depende del valor de mercado del inmueble, de la cuota a vender, de la hipoteca pendiente y del nivel de conflicto. En el sector se paga entre el 30% y el 50% del valor proporcional. Nosotros, en la franja alta. En mitades indivisas con acuerdo amistoso y sin cargas, por encima.

Estimador rápido (orientativo)

Te damos un rango. La oferta vinculante final depende del análisis legal.

Rango orientativo de oferta
Cifra orientativa. La oferta vinculante se calcula tras revisar la situación hipotecaria.

La hipoteca pendiente se descuenta de la oferta proporcionalmente a tu cuota. Si tu mitad vale 140.000 € y la hipoteca al 50% son 60.000 €, la oferta neta sale del orden de 80.000 € en metálico. Lo calculamos contigo en el análisis previo.

N.º 06 El proceso, paso por paso.

Discreción desde la primera llamada. No contactamos con tu ex hasta que tú has firmado y cobrado. Tú no tienes que mover papeles ni dar la cara.

1

Contacto inicial confidencial

Nos cuentas tu caso por teléfono o formulario. Te asignamos un abogado familiar. Nada se comunica al otro lado hasta la firma.

Día 1 · 15 minutos
2

Análisis registral e hipotecario

Pedimos nota simple, certificado de cargas, situación de la hipoteca y revisamos si hay menores empadronados o uso atribuido por sentencia.

Días 1-2
3

Oferta vinculante

Te enviamos una oferta cerrada por escrito en 24 horas, descontando ya la parte proporcional de la hipoteca. Tienes 7 días para decidir.

En 24h tras análisis
4

Coordinación con el banco

Hablamos con tu entidad para que te libere de la hipoteca el día de la firma (subrogación o cancelación parcial). Tú no llamas a nadie.

Días 3-7
5

Firma y cobro

Vamos contigo a notaría. Cobras en el mismo acto. Quedas liberado de la hipoteca. La comunicación a tu ex sale por burofax al día siguiente.

Día 7-12

N.º 07 Qué papeles necesitas.

Lo mínimo. El resto lo conseguimos sin que tengas que hablar con tu ex ni con el banco.

  • Para el primer contacto: tu DNI y la dirección del inmueble.
  • Si los tienes: escritura de compraventa, capitulaciones matrimoniales si las hay, sentencia de divorcio si está dictada, último recibo de hipoteca.
  • Lo que gestionamos nosotros: nota simple registral, certificado de cargas, posición hipotecaria con el banco, certificado catastral, comunicación del retracto a tu ex tras la firma.

N.º 08 Casos reales que hemos cerrado.

Tres ejemplos recientes de mitades indivisas resueltas. Datos anonimizados; documentación notarial disponible bajo petición y autorización del cliente.

Vivienda comprada en pareja sin matrimonio. Ella se fue, él pagaba la hipoteca completa hace año y medio. Cobró en seis días.

Russafa, Valencia · 50% de cuota
92k €importe
6 díascierre

Divorcio en gananciales con hipoteca al 50%. Asumimos su parte. División judicial tres meses después.

124k €importe
11 díascierre

Separación de bienes. Ella quería vender; él bloqueaba la operación. Compramos la mitad de ella sin que él se enterara hasta la firma.

156k €importe
9 díascierre

N.º 09 Preguntas frecuentes específicas.

¿Necesito que firme mi ex?
No. Tu mitad indivisa es tuya y la vendes tú. La firma de tu ex no es necesaria ni para la compraventa ni para el análisis previo. Tras la firma le notificamos por burofax el derecho de retracto, pero tú no tienes que hablar con él o ella.
¿Y si la hipoteca está a nombre de los dos?
Es el escenario habitual. Coordinamos con el banco una novación o subrogación que te libera a ti como deudor. Asumimos tu parte de la hipoteca y a partir de la firma dejas de aparecer en el préstamo. Lo confirmamos por escrito antes de firmar.
¿Qué pasa con la custodia y el uso de la vivienda?
Si hay sentencia que atribuye el uso a tu ex con los hijos, la propiedad puede venderse pero el uso se mantiene hasta que se cumpla la condición fijada por el juez (mayoría de edad, normalmente). El comprador (nosotros) asume esa carga y la oferta lo refleja. La operación se hace igual.
¿Tengo que comunicárselo antes a mi ex?
No. La notificación legal del retracto la hacemos nosotros tras la firma, por burofax con acuse. Tú no tienes que dar la cara. Si tu ex quiere ejercer el retracto, dispone de un mes desde la notificación para igualar la oferta. Si lo hace, cobras igual y en el mismo plazo.
¿Y si mi ex está al día con la hipoteca pero yo no?
No es un problema para la operación. La oferta tiene en cuenta los impagos pendientes y los descuenta. Si hay un proceso de ejecución hipotecaria abierto, lo paramos coordinando con el banco antes de firmar.
¿Qué pasa con la plusvalía municipal?
La pagas tú como vendedor. Se calcula sobre la mitad transmitida. Te lo cuantificamos junto con la oferta para que sepas el neto que te queda.
¿Tengo que tributar en el IRPF?
Sí: la venta genera ganancia o pérdida patrimonial. Se calcula como diferencia entre el valor de adquisición (escritura original más gastos) y el de transmisión. Si compraste hace años y el inmueble ha subido, tributarás entre el 19% y el 28% sobre la diferencia.

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