Legítima larga
Suma de la legítima estricta más el tercio de mejora cuando el testador no la ha distribuido entre los descendientes.
Cuantía total que reciben los descendientes legitimarios cuando el testador no ha hecho mejora: la legítima estricta de un tercio más el tercio de mejora no distribuido, lo que equivale a dos tercios de la herencia. Resulta de la aplicación combinada del art. 808 CC y la doctrina sobre mejora tácita.
En herencias sin testamento o con testamento que no usa la mejora, los hijos reciben de hecho dos tercios (la "legítima larga") y solo queda libre disposición sobre el tercio restante.