Pacto de mejora
Pacto sucesorio gallego por el que el causante atribuye a un descendiente bienes concretos a cuenta de su futura herencia.
Pacto sucesorio propio del derecho civil de Galicia, regulado en la Ley 2/2006 de Derecho Civil de Galicia, por el que el causante atribuye a un descendiente —generalmente un hijo— uno o varios bienes concretos a cuenta de su futura herencia.
Modalidades
Con entrega presente: los bienes se transmiten inmediatamente al beneficiario. Sin entrega presente: la transmisión queda diferida al fallecimiento del causante. La elección depende de la planificación patrimonial y fiscal de la familia.
Ventaja fiscal
Dependiendo de la modalidad y la CCAA, la fiscalidad del pacto de mejora puede ser más eficiente que una donación tradicional o que esperar a la herencia, sobre todo cuando se combina con bonificaciones autonómicas específicas para transmisiones intergeneracionales.