Trámite sucesorio
Conjunto de gestiones necesarias para liquidar una herencia: certificados, aceptación, ISD, partición e inscripción registral.
Conjunto ordenado de gestiones necesarias para liquidar una herencia desde el fallecimiento del causante hasta la inscripción registral de los bienes a nombre de los herederos.
Cadena habitual
| Paso | Acción |
|---|---|
| 1 | Certificado de defunción (Registro Civil) |
| 2 | Certificado de últimas voluntades (transcurridos 15 días) |
| 3 | Copia del testamento o declaración de herederos |
| 4 | Inventario y valoración del caudal |
| 5 | Aceptación o repudio en escritura pública |
| 6 | Liquidación del ISD (plazo 6 meses prorrogables) |
| 7 | Plusvalía municipal si hay inmuebles urbanos |
| 8 | Cuaderno particional y escritura de partición |
| 9 | Inscripción en el Registro de la Propiedad |
El proceso completo dura habitualmente entre 3 y 12 meses según complejidad y existencia de acuerdo entre coherederos. Sin acuerdo, los plazos se alargan considerablemente y el coste fiscal por recargos crece rápidamente.