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Contratos

Cláusula resolutoria

Pacto que permite resolver un contrato ante el incumplimiento de la otra parte, restituyendo lo entregado (art. 1124 CC).

Pacto contractual que permite a la parte cumplidora dejar sin efecto el contrato cuando la contraparte incumple sus obligaciones, restituyéndose recíprocamente las prestaciones ya ejecutadas. Tiene base general en el art. 1124 del Código Civil, que reconoce la facultad implícita de resolver en obligaciones recíprocas.

En compraventa de inmuebles con precio aplazado

El art. 1504 CC y el art. 11 de la Ley Hipotecaria permiten incorporar la condición resolutoria explícita por impago al precio en la propia escritura. Inscrita en el Registro, deviene oponible a terceros: si el comprador no paga, el vendedor puede resolver y recuperar la finca incluso frente a posteriores adquirentes.

Resolución vs nulidad

La cláusula resolutoria no anula el contrato desde el origen sino que lo extingue por incumplimiento, con efectos hacia el futuro y restitución de lo recibido. Es distinta de la nulidad, que ataca la validez del contrato desde su formación.

En operaciones de venta de cuotas indivisas con precio aplazado, una condición resolutoria expresa inscrita es la garantía más eficaz para el vendedor frente al riesgo de impago: recupera la cuota sin necesidad de iniciar ejecución hipotecaria.