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Fiscal

Plusvalía municipal

Impuesto que grava el aumento de valor del suelo urbano cuando se transmite. Tras la STC 182/2021 admite dos métodos de cálculo.

Impuesto local —oficialmente Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)— que grava el aumento de valor del suelo urbano cuando se transmite. Lo regula el RDL 2/2004 (Ley de Haciendas Locales), profundamente reformado tras la STC 182/2021 y el RDL 26/2021.

Dos métodos de cálculo

Tras la reforma de 2021, el contribuyente puede elegir el más favorable:

MétodoCómo funciona
ObjetivoCoeficiente sobre el valor catastral del suelo según años de tenencia
RealDiferencia entre valor de adquisición y de transmisión

Si no hay incremento real de valor del suelo, no se paga el impuesto, según jurisprudencia constitucional consolidada.

Quién paga

En compraventa, el vendedor. En herencia o donación, el adquirente. Plazo de 30 días hábiles desde la transmisión en compraventa, 6 meses prorrogables en herencia.

Bonificaciones en herencia

Muchos ayuntamientos bonifican hasta el 95% la transmisión de vivienda habitual del causante a favor de cónyuge, descendientes o ascendientes. El requisito habitual es mantener la vivienda en propiedad durante un plazo (entre 2 y 5 años según municipio).

Antes de liquidar conviene calcular ambos métodos y elegir el más bajo. Si no hay incremento real, presentar igualmente la liquidación con cuota cero acreditada por escritura de adquisición original. La diferencia entre liquidar bien o mal puede ser de varios miles de euros.