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Derecho real

Usufructo universal

Usufructo que recae sobre la totalidad del patrimonio del causante, no sobre bienes determinados. Habitual en testamentos a favor del cónyuge.

Usufructo que recae sobre la totalidad del patrimonio del causante, no sobre bienes determinados. Es la modalidad más amplia de usufructo testamentario y se utiliza tradicionalmente para proteger al cónyuge supérstite, atribuyéndole el disfrute de toda la herencia mientras los hijos quedan como nudos propietarios.

El usufructo universal a favor del cónyuge debe respetar los derechos de los legitimarios: si grava bienes que excedan del tercio de libre disposición y de mejora, los hijos pueden reclamar reducción o conmutación según los arts. 820 y 839 CC.