Atendiendo solicitudes — Lun-Vie 9-19h
Contratos

Arrendamiento con opción a compra

Contrato mixto: arrendamiento sometido a la LAU más derecho de opción a comprar a precio cerrado durante un plazo.

Contrato mixto que combina dos negocios jurídicos en una sola relación: un arrendamiento sometido a la Ley de Arrendamientos Urbanos y un derecho de opción que faculta al inquilino para comprar el inmueble a un precio cerrado durante un plazo pactado.

Estructura habitual

El contrato fija renta mensual, prima de opción (entre el 5% y el 10% del precio de venta, generalmente perdida si no se ejercita), precio de compra cerrado, plazo para ejercitar la opción —entre 2 y 5 años— y porcentaje de las rentas que se descontará del precio si finalmente se compra. La prima funciona como contraprestación por la exclusiva durante el plazo.

Inscripción en el Registro

El art. 14 del Reglamento Hipotecario permite inscribir el derecho de opción si concurren tres requisitos: convenio expreso, precio cerrado y plazo no superior a cuatro años (prorrogables). Inscribir convierte la opción en oponible frente a terceros, de modo que si el propietario vende a un extraño durante el plazo, el inquilino puede igualmente ejercitar su derecho.

Es una herramienta útil cuando el comprador necesita tiempo para reunir financiación o cuando una de las partes de un proindiviso quiere quedarse con la vivienda y necesita plazo para refinanciar. En operaciones residenciales se rige por la LAU; en operaciones de uso distinto al de vivienda, por las reglas generales de los contratos.