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Uso y disfrute de un proindiviso

    1.  

      El derecho de uso de un proindiviso es un derecho real, que se regula a través de los artículos 394 y 395 del Código Civil, y que hace referencia al disfrute de una propiedad en su totalidad por parte de todos los copropietarios, así como a la contribución de estos a los gastos que genere ese proindiviso. 

      En concreto, el artículo 395 dice:

      “Todo copropietario tendrá derecho para obligar a los partícipes a contribuir a los gastos de conservación de la cosa o derecho común. Solo podrá eximirse de esta obligación el que renuncie a la parte que le pertenece en el dominio”.

      Es decir, si un copropietario no quiere asumir los gastos que genera el proindiviso, deberá renunciar a su parte. 

      En este sentido hay que destacar que las decisiones en torno a la administración del bien o inmueble se tienen que tomar por mayoría, en función de las cuotas de cada copropietario. Por el contrario, los actos de disposición, como las hipotecas o las reformas, tienen que aceptarse por unanimidad.

      Uso y disfrute de un proindiviso por parte de todos los comuneros

      Cuando se da el caso de que exista una comunidad de bienes, ninguno de los comuneros cuenta con el derecho de uso exclusivo. En estas situaciones, el Código Civil establece que cada copropietario puede utilizar el bien siempre que no perjudique el interés de la comunidad y no impida que el resto de copropietarios puedan ejercer sus derechos.

      Por ejemplo, un copropietario puede utilizar una vivienda siempre que no la dañe o no impida que los demás copropietarios puedan utilizarla.  

      Cuando compartir el uso y disfrute de un proindiviso no es viable, sea por el motivo que sea, una opción puede ser el uso por turnos, que se establecerá en base al porcentaje que cada uno de los copropietarios tiene sobre el proindiviso.

      ¿Cómo se puede eliminar un proindiviso?

      Ningún copropietario está obligado a seguir perteneciendo al proindiviso. Si quiere renunciar a su uso y disfrute, simplemente deberá disolver el acuerdo.  

      Para ello, la vía más rápida sería renunciar a su parte de la propiedad y cederla a otro de los copropietarios. 

      Esto supone disolver el proindiviso, y existen diferentes vías para hacerlo. 

      Una de ellas es, como hemos dicho, que los copropietarios cedan su parte a un solo copropietario, o que vendieran el bien a una persona externa al proindiviso. 

      Otra vía sería que los copropietarios renuncien al proindiviso.

      La última opción sería dividir la vivienda. 

      Las situaciones que podemos encontrarnos a la hora de eliminar un proindiviso son:

      • Que este se pueda dividir: esta situación se crea cuando el bien por el que se ha generado el proindiviso es divisible en los porcentajes que pertenecen a cada propietario. En este caso podría dividirse el bien o venderlo y repartir el dinero según corresponda a cada copropietario. 
      • Proindiviso indivisible: si el bien o la propiedad no puede dividirse en porcentajes. Para dar fin al proindiviso la propiedad debe cederse en su totalidad a uno de los copropietarios, que está obligado a compensar económicamente al resto. 

       

    2. ¿Qué sucede cuando no existe un acuerdo entre los copropietarios?

      Cuando el deseo es poner fin al uso y disfrute de un proindiviso pero los copropietarios no se ponen de acuerdo en cómo hacerlo, la única solución es la vía judicial. 

      Antes de llegar a tener que celebrar un juicio, se deben agotar las vías de diálogo, que puede que lleven a los copropietarios a llegar a un acuerdo. De no lograrlo, se verían en un proceso judicial que probablemente será largo. 



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