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Sucesiones

Causante

Persona fallecida cuyo patrimonio se transmite por sucesión a sus herederos. Contraparte conceptual del causahabiente.

Persona fallecida cuyo patrimonio —activo y pasivo— se transmite por sucesión universal a sus herederos. Es la figura central del derecho sucesorio, y su contraparte conceptual es el causahabiente (heredero o legatario que recibe los derechos).

Determinación del momento de la sucesión

Los derechos a la sucesión se transmiten desde el momento del fallecimiento (art. 657 CC). Ese instante fija el caudal, el régimen sucesorio aplicable —según vecindad civil del causante—, y el devengo del Impuesto sobre Sucesiones.

Los datos del causante —nombre, fecha y lugar de fallecimiento, vecindad civil— condicionan toda la sucesión y deben acreditarse documentalmente antes de cualquier trámite.