-
-
El artículo 440 del Código Civil establece que para pasar a poseer y disponer de los bienes hereditarios es necesario aceptar la herencia. Si no se acepta, por mucho que el testamento esté a su favor, los herederos no pueden vender los bienes de la herencia, puesto que no figuran a su nombre.
En este post te explicamos qué debes hacer para vender la herencia.
Aceptación de la herencia y venta
La aceptación de la herencia constituye un acto voluntario pero necesario para que una persona se convierta en heredera. Esa aceptación puede ser expresa o tácita, en el primer caso a través de instrumento privado o público, y en el segundo, realizando actos que solo podrían realizarse en caso de haber aceptado la herencia.
La aceptación de la herencia se lleva a cabo de distinta forma si existe un testamento o si no. En el primer caso, se debe realizar un inventario de los bienes y las deudas de la persona fallecida, así como firmar la escritura de partición o cuaderno particional, en el que figuren los datos de los herederos, el citado inventario y el reparto de bienes que estipula el testamento. En caso de que hubiera un único heredero, bastará con redactar un documento de aceptación de la herencia, que debe ser validado por un notario.
Si no hubiera testamento, un notario deberá determinar quiénes son los herederos legítimos en base a la ley. Para ello se debe presentar el libro de familia, el certificado de nacimiento o el de matrimonio, según corresponda. Después se deberá firmar ante notario el acta de declaración de herederos, que requiere de dos testigos que declaren que no existen otros herederos, así como la escritura de partición de la herencia o el cuaderno particional. En este último caso, será el notario quien realizará el inventario de bienes del fallecido y quien elaborará una escritura de partición.
Mediante la aceptación de la herencia, una persona pasará a poseer los bienes hereditarios, así como sus derechos y obligaciones. Este acto es totalmente necesario para realizar cualquier acción de disposición de bienes hereditarios, entre los que se incluye su venta. Sin embargo, realizar cualquier acto relacionado con dichos bienes, como su venta, es una acción que solo se puede realizar en caso de haber aceptado su herencia, por lo que la aceptación se da de manera tácita.
Por lo tanto, la aceptación de la herencia es imprescindible para vender una vivienda heredada, pero el hecho de venderla quiere decir que se está aceptando la herencia de forma implícita.
Aceptación de herencia e inscripción en el Registro de la Propiedad
Uno de los requisitos para poder vender un inmueble es presentar el título de propiedad, por lo que antes de vender la venta de una vivienda heredada es necesario modificar su titularidad, ya que esta no se realiza de forma automática.
Para ello, los herederos deben, por un lado, aceptar la herencia, ya sea de forma expresa o tácita. Cualquier heredero puede iniciar el proceso de aceptación y los demás herederos dispondrán de treinta días para aceptarla o rechazarla.
Por otro lado, los herederos deberán abonar el Impuesto de Sucesiones, en los seis meses siguientes al fallecimiento. Tras realizar estos dos primeros pasos, se adjudicará la herencia mediante notario, algo imprescindible para poder modificar la titularidad de la vivienda. En el caso de que haya más de un heredero, antes de adjudicar la herencia, esta se deberá partir.
Una vez llevadas a cabo todas estas acciones se podrá proceder a la inscripción en el Registro de la Propiedad, para que los herederos puedan finalmente vender la vivienda heredada. No obstante, dicha inscripción no es obligatoria o imprescindible, excepto cuando el fin es vender la vivienda.
Por lo tanto, para poder vender una vivienda heredada no es suficiente con la aceptación de la herencia, sino que también se debe abonar el Impuesto de Sucesiones y modificar la titularidad en el Registro de la Propiedad, pasos que también se deben dar cuando un comunero quiere vender su parte indivisa a un tercero.
-