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Una comunidad de bienes entre hermanos se genera al fallecer uno o los dos progenitores. Cuando se da esta situación, que se denomina comunidad hereditaria, los hermanos comparten la propiedad de los bienes o derechos que han heredado de sus padres.
La comunidad de bienes es una situación transitoria que da comienzo en el momento en el que se adquiere la herencia, tras el fallecimiento de los padres, y finaliza con su partición, es decir, cuando a cada heredero se le adjudican sus bienes.
¿Quién integra la comunidad hereditaria?
Forman parte de la comunidad hereditaria todos los herederos, ya sean herederos forzosos o legitimarios o herederos por testamento. También se incluyen aquí los herederos cuyo llamamiento está establecido bajo alguna condición o plazo.
Los herederos legitimarios son los que tienen derecho a la herencia de forma directa, es decir, sin necesidad de un testamento. Estos son los hijos de la persona fallecida, en quienes la herencia recae en partes iguales, además de la viuda o el viudo de quien fallece.
En el caso de que alguno de los hijos haya fallecido previamente, su parte de la herencia recaería en sus hijos, si los hubiera. Cuando la persona fallecida no tiene hijos, los herederos serían sus padres, en partes iguales o en su totalidad si solo siguiera con vida uno de los progenitores.
¿Cuándo y cómo finaliza la comunidad de bienes entre hermanos?
La comunidad de bienes dura mientras la herencia entre los hermanos se mantiene como un todo, es decir, mientras los bienes y derechos que han heredado les pertenecen por igual. Esta situación finaliza cuando se lleva a cabo la partición de la herencia, al adjudicar los bienes o las partes correspondientes a cada heredero.
Las vías para que finalice una comunidad de bienes entre hermanos son:
- Desaparición: por ejemplo, si han heredado un inmueble, lo venden y reparten el dinero obtenido a través de la venta en partes iguales entre los hermanos.
- Renuncia: a veces sucede que uno o más herederos desean poner fin a la comunidad de bienes antes de que la herencia se venda o se disponga de otra forma. En este caso se utiliza la extinción de condominio. Esto significa que uno o varios herederos ceden su parte de la herencia a otro heredero. Por esta cesión pueden cobrar una contraprestación económica, pero no es algo que sea obligatorio por ley.
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¿Cómo se constituye una comunidad de bienes?
Podría darse el caso de que los herederos deseen alquilar la propiedad que hayan heredado, en lugar de venderla y repartir los beneficios en partes iguales. En este caso, lo aconsejable es que se constituya una comunidad de bienes, registrándola por escritura pública, ya que de esta forma el arrendador sería una única entidad, en lugar de varias personas.
Para ello se debe realizar un contrato entre los comuneros. Este contrato recoge el nombre de la comunidad, los nombres de quienes la integran, el bien o el derecho que comparten, el domicilio y los bienes y participaciones que aporta cada comunero. ¿Cuál es la naturaleza jurídica de una comunidad de bienes entre hermanos?
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En España se considera una comunidad universal en mano común. Esto significa que toda la herencia recae universalmente sobre el conjunto de herederos. Por lo tanto, cada una de las personas que ha heredado es cotitular de todos los bienes y derechos. Es decir, no le corresponde una parte concreta, no hasta que se realice la partición de la herencia.
En este punto es importante señalar que la comunidad de bienes entre hermanos o herederos no tiene personalidad jurídica. Ello implica que, si por ejemplo se hereda un negocio que va a seguir en marcha, los herederos deben constituir una sociedad mercantil.
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